CULTURALIA. De la Excomunión de Hidalgo

NOÉ GUERRA PIMENTEL

Como curiosidad, ahora que el clero católico anda buscando meterse en la organización de los actos conmemorativos de la Independencia y de la Revolución, creo que vale rememorar aquel acto con el que un hombre de esa misma grey fue excomulgado, después de prevenido con esta encíclica –lenguaje, tal cual- que funda las razones: “NOS. LOS INQUISIDORES APOSTÓLICOS CONTRA LA HERÉTICA, Pravedad y Apostasía, en la Ciudad de México, Estados y Provincias de esta Nueva España, Guatemala, Nicaragua, Islas Filipinas, sus Distritos y Jurisdicciones, por Autoridad Apostólica, Real y Ordinaria, etc., A vos, Br. Don Miguel Hidalgo y Costilla, Cura de la Congregación de Los Dolores en el Obispado de Michoacán, titulado Capitán General en el Ejército de los Insurgentes. Sabed que ante nos pareció el Señor Inquisidor Fiscal de este Santo Oficio e hizo presentación en forma de proceso, que tuvo principio en el año 1800 y fue continuado a su instancia el de 1809, del que resultó comprobado contra vos, el delito de herejía y apostasía de nuestra Santa Fé Católica, y que soís un hombre sedicioso, cismático, y herege formal por las doce proposiciones que habéis proferido y procurado enseñar a otros, han sido la regla constante de vuestras conversaciones y conducta, y son las siguientes:

Negáis, que Dios castiga en este mundo con penas corporales. La autenticidad de los lugares sagrados de que consta esta verdad. Habéis hablado con desprecio de los Papas y del gobierno de la Iglesia, como manejado por hombres ignorantes, de los cuales, uno que acaso estaría en los infiernos, estaba canonizado. Aseguráis que ningún judío, que piense con juicio, se puede convertir, pues no consta la venida del Mesías, y negáis la perpetua virginidad de la Virgen María. Adoptáis la doctrina de Lutero, en orden a la Divina Eucaristía y a la confesión auricular, negando la autenticidad de la Epístola de San Pablo a los de Corintio, y asegurando que la doctrina del Evangelio de este Sacramento está mal entendida, encuanto a que creemos la existencia de Jesucristo en él... tenéis por inocente y lícita… (ilegible)...la fornicación...(ilegible)...contrario y consiguiente, el mecanismo de la naturaleza, por cuyo error habéis sido tan libertino, que hicisteis pacto con vuestra manceba ...(ilegible)...para forni...(ilegible)...a que para lo mismo le buscarías a ella, hombres, engañándola, que no hay infierno, ni Jesucristo.
Y finalmente, que sois tan soberbio, que decís que no os han graduado de doctor en esta Real Universidad, por ser su Claustro una quadrilla de Ignorantes; y dixo que temiendo o habiendo llegado a percibir que estabais denunciado al Sto. Oficio, os ocultasteis con el velo de la vil hipocresía, de tal modo, que se aseguró en informe, que se tuvo por verídico, que estabais tan corregido, que habías llegado al estado de un verdadero escrupuloso, con lo que habíais conseguido suspender nuestro zelo, sofocar los clamores de la justicia, y que diésemos una tregua prudente a la observación de vuestra conducta; pero que vuestra impiedad represada por temor, había prorrumpido como un torrente de iniquidad, en estos calamitosos días, poniéndoos, a la cabeza de una multitud de infelices que habéis seducido, y declarado la guerra a Dios y a su Santa Religión, y a la Patria, con una contradicción tan mostruosa, que publicando según aseguran los papeles públicos, errores groseros contra la Fé, alarmáis a los Pueblos para la sedición, con el grito de la Santa Religión, con el nombre y devoción a Sta. María de Guadalupe y con el de Fernando VII, nuestro deseado y jurado Rey; lo que alegó en prueba de vuestra apostasía de vuestra fe católica y pertinacia en el error, y últimamente nos pidió que os citásemos por Edicto y bajo la pena de excomunión mayor, os mandásemos que comparecieseis, en el término de treinta días perentorios, que os Señala por término desde la fijación de nuestro Edicto, de otro modo no es posible hacer citación personal.
Que circule dicho Edicto en todo el Reyno, para que todos los fieles y católicos habitantes sepan, que los promotores de la sedición e independencia, tienen cor Corifeo a un Apóstata de la Religión a quien igualmente, que al Trono de Fernando Séptimo, ha declardo la guerra. En caso de no comparecer, que se os siga la causa de rebeldía, hasta relaxación en Estatua. Dado en la Inquisión de México, y Sala de la Audiencia, a 13 días del mes de octubre de 1810. Por mandato del Santo Oficio. Nadie lo quite, pena de Excomunión Mayor”. Luego la excomunión.

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